Anexo II Marco Normativo Nacional e Internacional

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha desarrollado diversas normativas y convenciones que promueven la igualdad de género y la no discriminación en el ámbito laboral, aplicables tanto a las empresas como a las organizaciones de empleadores. A continuación, se mencionan algunas de las principales normativas y convenciones de la OIT en este campo, junto con una breve descripción de sus objetivos:

Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación) (núm. 111) (1958): Este convenio busca promover la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con el fin de prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación en el trabajo, incluida la discriminación por motivos de género, raza, origen, religión u otros.

Exige a los países que lo ratifiquen que apliquen políticas nacionales de promoción del respeto y la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo, e identifica la raza, el color, el sexo, la religión, la opinión política, la ascendencia nacional y el origen social como bases de la discriminación.

Ratificado por el Estado de Honduras, bajo decreto 209 del 19 de marzo de 1960, publicado en la Gaceta, Diario oficial de la República de Honduras el 21 de mayo de 1960.

 

Convenio sobre Igualdad de Remuneración (núm. 100). (1951): Este convenio tiene como objetivo garantizar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. Busca eliminar la discriminación salarial por motivos de género y promover la equidad en el pago a trabajadores y trabajadoras que realizan funciones similares.

Ratificado por el Estado de Honduras, bajo decreto 19 del 20 de junio de 1956, publicado en la Gaceta, Diario oficial de la República de Honduras del 7 de julio de 1956.

 

Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (núm. 189): Este convenio tiene como objetivo garantizar condiciones de trabajo dignas y protección social para los trabajadores domésticos, en su mayoría mujeres. Busca reconocer y valorar el trabajo doméstico, así como prevenir la explotación y la discriminación en este sector.

 

Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial (núm. 175) (1994) y Recomendación sobre el trabajo a tiempo parcial (núm. 182) (1994)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Convenio sobre la protección de la maternidad (núm. 183) (2000) y Recomendación sobre la protección de la maternidad (núm. 191) (2000)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares (núm. 156) (1981): Este convenio insta a los Estados miembros a adoptar medidas para promover la igualdad de oportunidades y trato para los trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, incluyendo el acceso a permisos parentales y otros beneficios que faciliten la conciliación entre el trabajo y la vida familiar. Promueve medidas para que los trabajadores puedan conciliar sus responsabilidades familiares y laborales, asegurando condiciones de trabajo flexibles y adecuadas y Recomendación núm 165 (1981)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Convenio sobre rehabilitación y empleo profesionales (personas discapacitadas)(núm. 159) (1983) y Recomendación, (núm. 168) (1983)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Recomendación para trabajadores/as mayores, (núm. 162) (1980)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Convenio sobre migración para el empleo (revisado), (núm. 97)  (1949)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

Convenio sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (núm. 169) (1989):

Ratificado por el Estado de Honduras, bajo decreto 26-94 del 10 de mayo de 1994, publicado en la Gaceta, Diario oficial de la República de Honduras del 30 de julio de 1994.

 

Convenio sobre la Violencia y el Acoso (núm. 190) (2019) y Recomendación (núm. 206)(2019)

NO RATIFICADO POR HONDURAS

 

No-Discriminación NACIONES UNIDAS:

La no discriminación se incluye como uno de los Diez principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas: Principio 6: "Las empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación". Los cuatro principios relacionados con los derechos laborales del Pacto Mundial de las Naciones Unidas se derivan de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.